por Tomas Kubik

España endurece sus normas de tráfico desde el 1 de octubre de 2026

Adiós a los auriculares al volante. Metro y medio y 20 km/h menos para adelantar a cualquier usuario vulnerable, no solo a ciclistas. Corredor de emergencia obligatorio. Guantes y calzado cerrado en moto. Esto es lo que cambia de verdad con el Real Decreto 518/2026.

El 1 de octubre de 2026 España cambia muchas cosas pequeñas a la vez. Ninguna abrirá por sí sola el telediario, y varias de ellas te costarán 200 euros y cuatro puntos si te equivocas.

El instrumento es el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, que modifica el Reglamento General de Circulación. Oficialmente trata de proteger a los usuarios vulnerables de la vía. En la práctica afecta a casi todo el mundo, incluidos los que nunca se bajan del asiento del conductor.

La que más gente va a pillar: adiós a los auriculares

Ya no se puede conducir con auriculares. Ni uno solo, ni «solo para el navegador». Queda prohibido cualquier dispositivo de reproducción de sonido; la única excepción es un sistema inalámbrico certificado integrado en el casco de moto. Los detectores e inhibidores de radar, que ya eran una zona gris, pasan a estar prohibidos sin matices.

El metro y medio deja de ser una norma «solo para ciclistas»

Todo el mundo sabe que a un ciclista se le debe un metro y medio. Desde octubre se lo debes a todo usuario vulnerable: peatones, ciclistas, patinetes y motos. Y además le debes otra cosa: reducir la velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía. No por debajo de tu velocidad, sino por debajo del límite. En una carretera limitada a 90, adelantas a 70 o menos.

Si la calzada tiene más de un carril en tu sentido, la maniobra deja de ser cuestión de criterio: cambias de carril por completo.

La misma pareja (metro y medio y veinte kilómetros por hora menos) se aplica ahora también al rebasar un vehículo averiado, y puedes hacerlo en un tramo de prohibido adelantar si se cumplen las condiciones. Es uno de los pocos puntos en los que la reforma devuelve algo.

En un atasco, deja un corredor

España incorpora por fin a la ley el corredor de emergencia. Cuando el tráfico avanza a paso de persona o está detenido, te apartas hacia el lado y dejas libre el centro para que puedan pasar policía, bomberos y ambulancias: el carril izquierdo se pega a la izquierda, el resto a la derecha.

Conviene practicar el hábito antes de necesitarlo: el momento en que todos se paran es exactamente el momento en que nadie quiere ponerse a pensar en geometría.

Si vas en moto

  • Guantes obligatorios fuera de poblado, para ti y para tu pasajero.
  • Calzado cerrado obligatorio en todas las vías. Se acabó ir en chanclas a la playa.
  • El casco deberá estar homologado, no solo certificado. Hay un año de transición: el que llevas ahora vale hasta octubre de 2027.

A cambio, ganas el arcén. Cuando el tráfico de los carriles está detenido por congestión, las motos pueden circular por el arcén derecho a un máximo de 30 km/h. Es la primera vez que esa maniobra es legal y no simplemente tolerada.

Si te bajas del coche y caminas

Es la parte que casi todos los resúmenes se saltan, y la que más probabilidades tiene de sorprender a un visitante.

Si acabas caminando por una vía interurbana con poca visibilidad (una avería, un tramo oscuro entre el aparcamiento y el restaurante), ahora estás obligado a llevar una prenda reflectante. No puedes cruzar la calzada de una rotonda salvo por un paso señalizado. Y la prioridad del peatón queda definida con detalle, incluido el entorno de las paradas de autobús, que es donde se producen la mayoría de las discusiones.

Si alquilas un patinete

Edad mínima 15 años, casco en todo momento y señales con la mano antes de girar. Los patinetes siguen prohibidos en autopistas y autovías salvo que exista carril bici. Las luces diurnas permanentes llegan un año después, en octubre de 2027.

Cuando nieva

En autopistas y autovías afectadas por la nieve queda prohibido adelantar y hay que circular por el carril de la derecha. El izquierdo se reserva para los servicios de emergencia y las quitanieves.

Los ayuntamientos ganan poderes

Un nuevo título del reglamento entrega a los municipios competencias explícitas sobre el tráfico urbano: zonas residenciales con prioridad peatonal, normas de aparcamiento pensadas para la accesibilidad, una base legal clara para las Zonas de Bajas Emisiones y caminos escolares seguros protegidos con límites de velocidad y restricciones de vehículos.

Nada cambia en tu calle el 1 de octubre por esto. Lo que cambia es lo que tu ayuntamiento puede hacer a partir de ahora.

Lo que cuesta

Incumplir las nuevas normas de equipamiento (casco, guantes, prenda reflectante) es una infracción grave: 200 euros y cuatro puntos.

Si tu coche tiene matrícula extranjera

Todo esto te afecta igual. Son normas sobre cómo se conduce en España, no sobre dónde está matriculado el coche. Las que más pillan a los visitantes son las más baratas de evitar: quítate los auriculares, ponte calzado de verdad en la moto y guarda algo reflectante en el bolsillo de la puerta.

Resumen rápido

Situación

Qué cambia el 1 de octubre de 2026

Al volante

Prohibidos los auriculares y los detectores e inhibidores de radar.

Adelantar a un usuario vulnerable

1,5 m de separación, 20 km/h por debajo del límite y cambio completo de carril si hay más de uno.

Atasco o tráfico detenido

Corredor de emergencia obligatorio.

En moto

Guantes fuera de poblado, calzado cerrado siempre, casco homologado desde octubre de 2027; arcén a 30 km/h en atascos.

A pie en vía interurbana

Prenda reflectante con poca visibilidad; rotondas solo por pasos señalizados.

Patinete

Mínimo 15 años, casco, señales con la mano; luces diurnas en 2027.

Nieve en autopista

Prohibido adelantar, carril derecho.

Multa por equipamiento

200 € y 4 puntos.

La lista completa, para consultar

El decreto modifica los artículos 12, 18, 31, 32, 35, 36, 38, 48, 64, 65, 69, 85, 87, 88, 92, 118, 119 y 121 a 125 del Reglamento General de Circulación, suprime los artículos 93 y 98.3 y añade un nuevo Título VI (artículos 151 a 158) sobre tráfico urbano. También revisa el anexo de terminología, con nuevas definiciones de zona residencial, camino escolar y usuario vulnerable.

Además de lo descrito arriba, regula también:

  • Pasajeros de moto mayores de 12 años y remolques para motos (art. 12).
  • Uso de carriles para vehículos de más de 3.500 kg (art. 31).
  • Carriles VAO reservados a motos, turismos y vehículos adaptados (art. 35).
  • Transporte escolar 10 km/h más lento y 80 km/h para autobuses con pasajeros de pie (art. 48).
  • Prioridad ciclista en carriles, giros y cruces en grupo (art. 64).
  • Obligación de despejar el paso a los vehículos prioritarios (art. 69).
  • Nuevas prohibiciones de adelantar junto a pasos de peatones, pasos ciclistas y pasos a nivel (art. 87).
  • Estacionamiento de autocaravanas: nada fuera del perímetro del vehículo y sin vaciar fluidos (art. 92).
  • Fin de las exenciones del cinturón para taxistas, repartidores y profesores de autoescuela (art. 119).
  • Sistemas de retención infantil en taxis con menores de 135 cm (art. 119).
  • Ciclistas en doble sentido en calles 30 y distancia de seguridad de 5 metros en ciudad (art. 153).
  • Bicicletas de carga y remolques para bicicleta (art. 154).

El texto del decreto está enlazado abajo. Donde un resumen y el BOE no coincidan, gana el BOE.

Fuentes

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